¿Necesito placas federales para hacer mudanzas foráneas?
Cómo saber si la foránea del sábado pisa camino federal, qué seis documentos suben a la cabina ese día y qué te pueden hacer en carretera si faltan.

En corto
Una empresa de mudanzas que cobra por una foránea y usa carreteras de jurisdicción federal necesita placas federales en la unidad, porque esas placas se asignan al dar de alta el camión en el permiso federal de carga y no existe un trámite de placa suelto.
- Lo que decide no es la distancia ni cruzar de estado: es si alguna carretera de la ruta está en el apéndice de caminos de jurisdicción federal.
- Tu permiso estatal no viaja contigo fuera de los tramos que la Secretaría autorice.
- Seis documentos suben a la cabina, y el que más se olvida es la constancia físico-mecánica.
- Vigilar que el operador traiga licencia federal vigente es obligación tuya, no suya.
- La sanción cara no se paga en efectivo: la autoridad puede retirar la unidad de la circulación con el menaje adentro.
En el último ejercicio se movieron tres cosas: la Ley de Caminos se reformó el 14 de noviembre de 2025, la SCT pasó a llamarse SICT y la UMA subió a $117.31 diarios en febrero de 2026, según el INEGI. Sigue igual la regla que decide tu sábado: si cobras y el camión pisa camino federal, la unidad va con placas federales.
El trámite vive en el permiso de autotransporte federal, el costo de la placa en placas federales de carga y el reparto por autoridad en los requisitos legales de una empresa de mudanzas. Aquí va el orden inverso, el del viaje.
Norma vigente al 6 de agosto de 2026. No sustituye a tu abogado ni a la SICT: confirma tu caso antes de aceptar la ruta.
¿Necesito placas federales para una mudanza foránea de un solo día?
Sí, si cobras por el traslado y la ruta usa carretera de jurisdicción federal. La frecuencia no cambia nada: la Ley de Caminos no distingue entre una foránea al año y cuarenta al mes.
Tampoco decide el tamaño del camión. Según el artículo 40 de esa ley, DOF 14-11-2025, los umbrales de 4 toneladas de carga útil en persona física y 8 en moral cuelgan del transporte privado, que no cobra.
Hay una salida intermedia que casi nadie conoce. El artículo 41 de la Ley de Caminos, DOF 14-11-2025, permite a la Secretaría expedir permiso a transportistas ya autorizados por autoridades estatales para usar caminos federales que no excedan de 30 km. Completa tu ruta; no te vuelve foráneo. No lo busques en el reglamento: ahí el artículo 41 es la lista de la carga especializada.
¿Cómo compruebas hoy si tu ruta del sábado pisa camino federal?
El criterio es la carretera, no el kilometraje. Puedes cruzar de un estado a otro por vialidades locales y seguir siendo local, o no salir de tu zona metropolitana y volverte federal al tomar un libramiento.
La lista es pública. El Apéndice para la Clasificación de los Caminos y Puentes, del artículo 6o. del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad, tipifica la red nacional como ET4, ET2, A4, A2, B4, B2, C o D; su versión vigente es el aviso publicado en el DOF el 23 de noviembre de 2023. Si tu carretera aparece ahí, es federal. Ese criterio decide en la Carta Porte para mudanzas qué comprobante emites; aquí decide si tu unidad puede circular.
La prueba cabe en tres preguntas, antes de aceptar el servicio:
- ¿Cobras por trasladar bienes que no son tuyos? Si sí, estás en el supuesto de servicio.
- ¿Alguna carretera del trayecto aparece en ese apéndice? Revisa libramientos y accesos.
- ¿Ese tramo cabe en los 30 km del artículo 41? Si no, la foránea es federal completa.
Los seis papeles que suben a la cabina el día del viaje
Seis documentos viajan con la unidad y casi todos se piden en el mismo minuto. El que más se olvida es la constancia físico-mecánica del artículo 35 de la Ley de Caminos.
| Qué sube a la cabina | Fuente y artículo | Qué pasa si falta |
|---|---|---|
| Copia del permiso federal | LCPAF art. 8o., I, DOF 14-11-2025 | Retiro de la unidad |
| Tarjeta federal y placas | RAFSA art. 4o., DOF 28-11-2000 | No acredita su alta |
| Constancia físico-mecánica | LCPAF art. 35 y NOM-068-SCT-2-2014 | No debe circular |
| Licencia federal del operador | LCPAF art. 36, DOF 14-11-2025 | Incumples tu deber |
| Póliza de daños a terceros | LCPAF arts. 63 Bis y 74 Bis, II | Multa y 45 días de plazo |
| CFDI con complemento Carta Porte | CFF art. 103, XXII, DOF 09-04-2026 | Presunción de contrabando |
Dos renglones son tuyos aunque maneje otro. La licencia es el primero:
“Los permisionarios están obligados a vigilar y constatar que los conductores de sus vehículos cuentan con la licencia federal vigente.” Fuente: Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, artículo 36, DOF 14-11-2025.
El segundo es la constancia. Según la NOM-068-SCT-2-2014, publicada en el DOF el 19 de enero de 2015, el dictamen se obtiene en una Unidad de Verificación y es anual: cada 12 meses vuelve a tocar, y no es la verificación de emisiones de tu ciudad. Queda un séptimo elemento que no cabe en el sobre: el artículo 5o. del Reglamento de Autotransporte Federal pide que los vehículos ostenten “con caracteres claros y legibles en su exterior, el nombre y domicilio del permisionario”.
¿Qué pasa si te paran en un centro de verificación sin ese expediente?
La consecuencia cara no es la multa: es el camión detenido con el menaje de tu cliente adentro. La Ley de Caminos autoriza retirarlo de la circulación en dos supuestos, y el segundo retrata a la mudancera local que aceptó una foránea.
“Cuando contando con concesiones o permisos estatales, municipales o de la Ciudad de México, se encuentren prestando el servicio de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado en los caminos y puentes, fuera de los tramos autorizados por la Secretaría.” Fuente: Ley de Caminos, artículo 74 Ter, fracción II, DOF 14-11-2025.
La Secretaría inspecciona en centros fijos de verificación de peso y dimensiones, según el artículo 70. Si te levantan acta, el artículo 76 permite que la propia unidad garantice la multa y da al propietario 30 días hábiles para cubrirla antes de que el expediente pase a la autoridad fiscal. En dinero, el artículo 74 Bis, fracción I, sanciona las infracciones de tránsito con hasta doscientos días de salario mínimo. Ese texto sigue redactado así y se convierte con la Unidad de Medida y Actualización: el transitorio tercero del decreto publicado en el DOF el 27 de enero de 2016 ordena entender referidas a la UMA las menciones al salario mínimo que sirven de unidad de cuenta. Con la UMA diaria de $117.31 que el INEGI publicó para 2026 el tope son $23,462.00 MXN, por cálculo propio. Buena parte del contenido que rankea sigue convirtiendo sobre el salario mínimo y publica una cifra mayor; aquí manda la UMA, y conviene confirmar el criterio con la autoridad.
Cuando la unidad se queda parada, alguien tiene que contestarle al cliente
Un camión retirado deja dos frentes abiertos: la grúa y el servicio. Mientras alguien resuelve el acta, el cliente llama y nadie en la oficina sabe qué mudanza iba en esa unidad ni qué se le cobró. Nimbaro guarda la ficha de cada mudanza con su estado y su unidad asignada, y esa pregunta se contesta en un minuto. Si hoy vive en hojas sueltas, ordena cómo organizar la operación de mudanzas antes de evaluar un sistema de gestión.
Preguntas frecuentes
¿Basta con que el operador lleve una copia del permiso federal?
No basta. El permiso identifica a la empresa, pero cada camión acredita su alta con la tarjeta de circulación federal y las placas que el artículo 4o. del Reglamento de Autotransporte Federal trata como un juego. Si esa unidad no está dada de alta, el papel de la oficina no la cubre.
¿Puedo subcontratar la foránea a un transportista con permiso vigente?
Sí, y es la salida más rápida cuando el servicio ya está cerrado. Quien mueve el camión es quien necesita permiso, placas federales y licencia de su operador. Pide copia de los tres antes de entregar el menaje y acuerda por escrito quién responde por daños.
¿Cada cuánto se renueva la constancia de verificación físico-mecánica?
Cada 12 meses. Según la NOM-068-SCT-2-2014, el dictamen de condiciones físico-mecánicas se obtiene en una Unidad de Verificación aprobada por la Secretaría y es anual. Agenda la cita antes de que venza: sin dictamen vigente la unidad no debe circular por caminos de jurisdicción federal.
¿Y si el cliente maneja su propio camión rentado y yo solo pongo la cuadrilla?
Cambia el supuesto. Si no cobras por trasladar los bienes, sino por cargar y descargar, quien conduce mueve bienes propios y cae en transporte privado, con los umbrales del artículo 40 de la Ley de Caminos. Documenta qué te contrataron y confírmalo con la SICT.
Qué hacer ahora
Abre la foránea más próxima y anota, tramo por tramo, qué carreteras usa. Búscalas en el apéndice del DOF y marca las federales. Arma el sobre de cabina y revisa dos fechas: el dictamen físico-mecánico y la licencia del operador. Si el viernes queda incompleto, no salgas el sábado. Controla los vencimientos de licencia, dictamen, placas y póliza en una bitácora aparte, como se arma en la gestión de flota de mudanzas. Para ver la asignación de vehículo y personal por mudanza, pide una demo.
Fuentes consultadas
- Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, DOF 14-11-2025.
- Reglamento de Autotransporte Federal, DOF 28-11-2000.
- NOM-068-SCT-2-2014, físico-mecánica, DOF 19-01-2015.
- Aviso de clasificación de las carreteras, DOF 23-11-2023.
- Constitución Política, art. 26 B y transitorio tercero, DOF 27-01-2016.
- INEGI, UMA 2026, comunicado 1/26.
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